martes, 11 de marzo de 2008

RECLAMACIÓN ANTE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS

Por si alguien está en esta situación y le interesa la operativa de reclamaciones contra Peugeot España, os adjunto el texto que he remitido a la Dirección General de Seguros en base al contrato de mantenimiento integral de este coche.
El escrito se basa en que al tener que ser peritado el coche por personal de Gil y Carvajal el contrato entra dentro de la categoría de seguros como seguro de mantenimiento de coche.
El texto es el siguiente:
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Estimad@s Sres.:

Le dirijo la presente como titular del Departamento de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros en lo referente a una reclamación emprendida contra Peugeot España por no cumplir de manera reiterada las coberturas de un contrato de mantenimiento integral de un Peugeot 307 Sw (documentación adjunta) y no resolver dicho caso en un plazo prudencial (desde Agosto del 2.007) de tiempo.

Las reclamaciones se derivan de las sucesivas averías que dicho coche viene padeciendo desde su compra según hoja adjunta enviada a Peugeot España en su momento (documentación adjunta), pero que se agravaron con la entrada del coche para la revisión de los 50.000 Km en Agosto del 2.007 y desde entonces Peugeot ha venido denegando de manera reiterada el cumplimiento de las cláusulas que por contrato tengo derecho (documentación adjunta).

En concreto el objeto de mi reclamación ante Peugeot España es el siguiente:

Dado que el coche que salió del Taller Mosa Norte con fecha 18/01/08, habiendo estado en el mismo desde el día 26/12/07, tuvo que volver a otro Taller de dicha compañía con la misma avería (se enciende el testigo motor y pone mensaje en la computadora de limpie filtro del diesel) estando esta vez en Talleres Chile desde el 04/02/08 (el perito de esta compañía realizo la visita previa a la autorización con fecha 11/02/08) hasta el 14/02/08

En función de la negativa de Peugeot a atender mis reclamaciones y con el objetivo de que su intermediación aclare y delimite las responsabilidades que por contrato estos señores están obligados, paso a enumerarles todas y cada una de las mismas ampliadas por la nueva visita de mi coche al taller

1-Indemnización; por no facilitar la obligación contractual de entrega de coche de sustitución al amparo de lo estipulado en el contrato, que según facturas adjuntas (documentación adjunta) y jurisprudencia existente al respecto, asciende al importe de: 450€ mes de agosto, 1.957 € meses diciembre/enero y 1.174 € mes de febrero, y de manera retroactiva desde la primera revisión del coche con 20.000 Km
Peugeot dice que para que se me facilite coche de sustitución es necesaria la inmovilización del mismo, cosa que el taller MOSA NORTE no estimaba. Contra esta afirmación quiero comentar que:
. Según el manual de uso del vehículo, en caso de avería que encienda el testigo motor, si este se queda fijo hay que inmovilizar inmediatamente el coche y llamar a la grúa, en caso de que sea intermitente, hay que ir urgente al concesionario a proceder a la reparación urgente del coche para que no afecte a otras piezas. Es decir, que si parece que hay que inmovilizar el vehículo, más aún cuando estuvo por esta y otras averías 23 días en el taller.
. El contrato de mantenimiento integral en ninguno de sus artículos tal como adjunté en mi reclamación original habla de que tenga nadie que autorizar dicha entrega, y que la misma se efectuará en caso de que el coche que esté a menos de 100 Km de la residencia habitual esté en el taller y no pueda ser reparado en 24 horas. Es más aunque dicho contrato mantiene un máximo de 4 días/450€ por estancia/reclamación pero existe jurisprudencia reciente aplicable al caso, por lo que entiendo aplicable a mi caso el reclamar todo el importe del alquiler de los vehículo según facturas adjuntas, o en caso contrario se aplique dicho importe con carácter retroactivo solicitando su aplicación desde la primera revisión del coche.
. Pero es más, a pesar de que dice Peugeot que es el taller quien lo debe autorizar, el taller según la hoja de reclamación contestación de ellos es Peugeot Assitance (para ellos Gil y Carvajal) quien lo debe autorizar enviando un perito….

2-Reparación DE TODAS y CADA UNA de las averías enunciadas en mi escrito (documentación adjunta) del mes de Noviembre (Embrague, Volante de inercia, Climatizador, Techo corredizo, Cuadro de Instrumentos, Fuerza/potencia del coche, Claxon, ….) según lo estipulado de manera literal en el artículo 6 del contrato integral de mantenimiento aún vigente.

. Peugeot dice que el taller revisó el climatizador y cuadro de mandos no encontrando avería alguna, pero el taller en la misma hoja de reclamaciones comenta que no se efectuaron dichas reparaciones por no estar autorizadas por el perito de la compañía…

3-Sanción económica a Peugeot por publicidad engañosa (publicidad engañosa en Internet en la que describen los servicios prestados por este contrato), estafa e incumplimiento de contrato (al amparo del artículo 6 del contrato de mantenimiento integral).

4-Devolución de TODAS y CADA UNA de las cuotas abonadas hasta el momento (2.002 €), por incumplimiento reiterado de la cobertura de dicho contrato más los intereses correspondientes

5-Dada las innumerables averías que este coche tiene y el reiterado incumplimiento del contrato de mantenimiento integral suscrito con esta compañía, devolución del coste de compra de dicho vehículo (20.000 €)

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ABURRIDISMO

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